Actualización del límite de cadmio del vino

Estado: En vigor

Actualización del límite de cadmio del vino

RESOLUTION OIV-SECSAN 721-2025

ACTUALIZACIÓN DEL LÍMITE DE CADMIO DEL VINO

ATENCIÓN: Mediante esta resolución se modifican las siguientes resoluciones:

-          AG 04/81-OEN

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el artículo 2, párrafo iv del Acuerdo del 3 de abril de 2001 por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino,

A PROPUESTA del Grupo de expertos “Seguridad Alimentaria”,

CONSIDERANDO la Resolución AG 04/1981, en la que se establecen los límites de cadmio,

CONSIDERANDO los trabajos del Grupo de expertos “Seguridad Alimentaria” y, en particular, el documento de experiencia colectiva Safety assessment of cadmium in vine and wine (Evaluación de la inocuidad del cadmio en la vid y el vino), publicado en 2023,

CONSIDERANDO la evaluación del JECFA, en particular la nueva evaluación toxicológica del cadmio en los alimentos,

DECIDE, a propuesta de la Comisión IV “Seguridad y Salud”, modificar la parte 2 de la Resolución OENO 04/1981, en la que se establece un límite provisional de cadmio de 0,01 mg/L,

DECIDE reemplazar en todos los documentos de la OIV en los que proceda el límite de cadmio actual por lo siguiente:

  • * 0,005 mg/L para el vino elaborado con uvas cosechadas desde 2026 en adelante,

DECIDE instar a los Estados miembros a dar la máxima difusión a la información para mantener el contenido de cadmio del vino tan bajo como sea tecnológicamente posible y a promover prácticas agrícolas para reducir la contaminación por cadmio debida a las prácticas agrícolas o a la contaminación del suelo.