Distinción entre aditivos y coadyuvantes de elaboración- Taninos enológicos
RESOLUCIÓN OIV-OENO 567C-2018
DISTINCIÓN ENTRE ADITIVOS Y COADYUVANTES DE ELABORACIÓN – TANINOS ENOLÓGICOS
La ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el artículo 2, párrafo 2 ii del Acuerdo de 3 de abril de 2001 por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino,
CONSIDERANDO que, en el marco de su competencia, los objetivos de la OIV son contribuir a la armonización internacional de las prácticas y normas existentes y, cuando sea necesario, a la elaboración de nuevas normas internacionales a fin de mejorar las condiciones de elaboración y comercialización de los productos vitivinícolas, tomando en cuenta los intereses de los consumidores.,
CONSIDERANDO las definiciones de aditivos y coadyuvantes de elaboración, que figuran en la resolución OIV-OENO 567A-2016,
CONSIDERANDO las distintas sustancias enológicas aprobadas por la OIV y publicadas en el Código Internacional de Prácticas Enológicas y el Codex Enológico Internacional,
CONSIDERANDO los trabajos del Grupo de expertos "Tecnología" y de la Task Force de la OIV sobre aditivos en los vinos, relativos a la evaluación de la categorización como aditivos o coadyuvantes de elaboración de las sustancias aprobadas por la OIV,
CONSIDERANDO que esta distinción contribuirá a una mayor armonización entre las organizaciones internacionales y facilitará el comercio internacional del vino,
CONSIDERANDO que la lista que figura a continuación no es una lista exhaustiva de aditivos y coadyuvantes de elaboración y que la OIV sigue examinando y sometiendo a consideración los aditivos y los coadyuvantes de elaboración propuestos para la elaboración de vinos,
DECIDE, a propuesta de la Comisión II "Enología", aprobar la siguiente distinción entre aditivos y coadyuvantes de elaboración para las sustancias ya admitidas por la OIV que se describen a continuación,
DECIDE incorporar esta distinción en las fichas correspondientes del Código Internacional de las Prácticas Enológicas y en un cuadro resumen que se incluirá en dicho Código:
Sustancia |
N° del SIN o CAS |
Referencia en el Código de Prácticas Enológicas |
Referencia en el Codex Enológico |
Additivo |
Coadyuvante de elaboración |
Agentes clarificantes |
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Taninos enológicos |
SIN 181 |
Ficha 3.2.1 |
COEI-1-TANINS |
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