Actualización de la ficha 3.3.14, "Tratamiento con gomas de celulosa (carboximetilcelulosa)
RESOLUCIÓN OIV-OENO 659-2020
ACTUALIZACIÓN DE LA FICHA 3.3.14, “TRATAMIENTO CON GOMAS DE CELULOSA (CARBOXIMETILCELULOSA)”
ATENCIÓN: Esta resolución modifica la siguiente resolución: - OIV-OENO 2/2008 |
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO EL ARTÍCULO 2, párrafo 2 b) ii del Acuerdo del 3 de abril de 2001 por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino,
CONSIDERANDO los trabajos del Grupo de expertos “Tecnología”,
CONSIDERANDO que no es necesario modificar las prescripciones de la ficha 3.3.14,
DECIDE, a propuesta de la Comisión II “Enología”, modificar la ficha 3.3.14, “Tratamiento con gomas de celulosa (carboximetilcelulosa)” (OENO 2-2008), de la parte II, capítulo 3 del Código Internacional de Prácticas Enológicas, y, en particular, ampliar el ámbito de aplicación para incluir también los vinos rosados (se añaden las palabras en cursiva):
Parte II
Capítulo 3: VINO
FICHA 3.3.14, “Tratamiento con gomas de celulosa (carboximetilcelulosa)”
Objetivos:
Adición de goma de celulosa a los vinos blancos, los vinos rosados y los vinos espumosos.