Medallas y distinciones
3.1.9 Medallas y distinciones
La indicación relativa a las medallas o distinciones está subordinada a:
- Que hayan sido concedidas en un concurso no restringido, según las normas concordantes con los criterios definidos por la OIV y sobre un volumen homogéneo y determinado del vino,
- Que exista una prueba documentada que haga referencia al lote correspondiente (artículo 2.7).
- Que las medallas y distinciones que reciba un vino en concreto lleven el nombre del concurso y el año del galardón y, por norma general, solo es aplicable a los vinos que lleven el nombre que se utilizó para inscribir la muestra. No obstante, dado que un vino podría haberse inscrito en un concurso antes de haberse adjudicado a una marca, se permite la transferencia del galardón, de modo que pueda seguir vinculado al vino, siempre que el reglamento del concurso de vinos lo permita.