Con motivo de la celebración de su centenario, la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) pone el foco en diversos temas que configuran el sector vitivinícola. Tal es el caso de la inocuidad alimentaria. Mediante la Resolución OIV/OENO 427/2010 se sentaron las bases de la cuantificación de los alérgenos en el vino, un paso fundamental para proteger a los consumidores frente a sustancias que pueden provocar hipersensibilidad.
Mediante la Resolución OIV/OENO 427/2010 se sentaron las bases de la detección de residuos de alérgenos en el vino
Aprobada en Tiflis (Georgia), en la Asamblea General de la OIV de 2010, la Resolución OIV/OENO 427/2010 permitió sentar las bases de la detección de residuos de alérgenos en el vino, entre ellos las proteínas de los clarificantes, un paso fundamental para armonizar las prácticas de detección en el sector vitivinícola mundial y garantizar que los consumidores estén debidamente informados y protegidos.
La exactitud ante todo
Aprobada en México, en la Asamblea General de 2022, la Resolución OIV-SECSAN 709-2022 representa una mejora con respecto a la Resolución OIV/OENO 427/2010, pues en ella se recogen criterios actualizados que reflejan los últimos avances en materia de detección de alérgenos: nuevos límites de detección y cuantificación, y mayor precisión, recuperación, especificidad y exactitud. Estos criterios mejorados son fundamentales para garantizar la exactitud y la sensibilidad de los métodos de cuantificación de los alérgenos, y mejorar la fiabilidad y la eficacia a la hora de detectarlos, de conformidad con el “Código de buenas prácticas de clarificación del vino” (OIV-OENO 520-2014), relativo a la utilización de agentes clarificantes de origen proteico y potencialmente alergénicos. En él se recomiendan buenas prácticas para evitar la presencia de residuos de clarificantes con potencial alergénico.
Resoluciones para garantizar la inocuidad alimentaria y proteger la salud de los consumidores
Angelika Paschke-Kratzin, presidenta del Grupo de expertos “Seguridad Alimentaria” de la OIV, destaca la importancia de este trabajo: “Las alergias alimentarias preocupan cada vez a más consumidores. Las intolerancias y alergias alimentarias afectan a alrededor del 1 % de la población adulta. Las alergias al huevo y la leche son más frecuentes en la infancia, pero algunos adultos sensibles presentan síntomas como urticaria, exantema, dolor abdominal y choque anafiláctico. Lo mismo puede decirse de la proteína del pescado. En la Unión Europea, cualquier alimento que contenga alguno de los alérgenos del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 debe ir debidamente etiquetado para proteger a las personas sensibles. Esta cuestión preocupa no solo en la UE, sino también en otros países”.
En palabras de Patrizia Restani, secretaria científica de la Comisión “Seguridad y Salud”: “En la resolución de 2010 se recogían el método analítico de referencia (ELISA) y los criterios de eficacia. En particular, se fijaron el límite de detección (LOD) y el límite de cuantificación (LOQ) en 0,5 mg/L y 1 mg/L, respectivamente. Con la idea de ofrecer la máxima protección a los consumidores, incluidos los más sensibles, la OIV decidió endurecer los criterios de los métodos ELISA por medio de la Resolución OIV-SECSAN 709-2022, y redujo ambos límites a 0,25 mg/L y 0,5 mg/L, respectivamente. Esta mejora se introdujo porque se sabía que los métodos ELISA específicos para el vino eran más eficaces”.
Contar con métodos de detección de alérgenos más exactos no solo refuerza la protección del consumidor, sino que también facilita el comercio internacional, ya que permite unificar criterios en materia de detección y etiquetado de alérgenos. De este modo, se garantiza que los vinos que se elaboran y venden en todo el mundo cumplan las mismas normas de seguridad, de conformidad con la Norma Internacional para el Etiquetado de los Vinos de la OIV, en lo relativo a los aditivos y residuos potencialmente alergénicos.
Estas resoluciones refuerzan el compromiso de la OIV con la inocuidad alimentaria y con la protección de la salud de los consumidores.