Inclusión de la definición de grado alcohólico aparente- Revisión del método OIV-MA-BS-01

Estado: En vigor

Inclusión de la definición de grado alcohólico aparente- Revisión del método OIV-MA-BS-01

RESOLUCIÓN OIV-OENO 587-2017

INCLUSIÓN DE LA DEFINICIÓN DE GRADO ALCOHÓLICO APARENTE - REVISIÓN DEL MÉTODO OIV-MA-BS-01

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el artículo 2, párrafo 2 iv del Acuerdo por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino,

A propuesta de la Subcomisión “Métodos de Análisis”,

DECIDE modificar el método OIV-MA-BS-01 del Compendio de Métodos Internacionales de Análisis de Bebidas Espirituosas de Origen Vitivinícola de la siguiente manera:

Se incorpora al método el apartado 3.3 y se renumeran los apartados posteriores como corresponda.

3.3 Grado alcohólico aparente:

El grado alcohólico aparente (GAA) de una bebida alcohólica o espirituosa es igual al número de litros de alcohol etílico contenidos en 100 litros de una mezcla hidroalcohólica con la misma masa volúmica que la bebida alcohólica o espirituosa. De este modo, el GAA se obtiene directamente a partir de masa volúmica del producto sin destilar. El GAA se expresa en % vol.

3.4 Densidad relativa

3.5 Grado alcohólico volumétrico real

El grado alcohólico volumétrico real, o grado alcohólico volumétrico (GAV), de una bebida espirituosa es igual al número de litros de alcohol etílico contenidos en 100 litros de una mezcla hidroalcohólica con la misma masa volúmica que la bebida espirituosa tras su destilación.

Nota 3:

Fórmula de conversión

Grado alcohólico volumétrico (% vol.) = …

3.6 Relación entre la masa volúmica y el grado alcohólico

Deberán aplicarse los valores de referencia del GAA y del GAV (% vol.) a 20 °C, definidos en los apartados 3.3 y 3.5, en función de la masa volúmica a 20 °C para mezclas hidroalcohólicas que figuran en la tabla internacional adoptada por la Organización Internacional de Metrología Legal en su recomendación n.o 22.