Norma Internacional para el Etiquetado de los Vinos

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La indicación del grado alcohólico

2.2                      La indicación del grado alcohólico

La indicación del grado alcohólico adquirido en porcentaje en volumen del producto es obligatoria en el etiquetado, con una tolerancia de 0,5 p. 100 vol.

Sin embargo, esta tolerancia puede ser de 0,8 p. 100 vol. para los vinos de guarda y los vinos bajo velo.